Ituzaingó: fueron a comprar un auto, los asaltaron y la Justicia rechazó la demanda contra la agencia
Bruno Krasnopolsky
Habían llevado efectivo para comprar un auto y fueron asaltados por ladrones armados. El juez consideró que fue un caso de fuerza mayor.
La Justicia rechazó la demanda que tres clientes iniciaron contra una agencia de autos de Ituzaingó tras haber sido asaltados mientras intentaban comprar un vehículo. El tribunal concluyó que el robo constituyó un caso de fuerza mayor y eximió de responsabilidad al comercio.
Balas, golpes y el robo de los ahorros
El episodio que originó la demanda tuvo lugar la mañana del 5 de julio de 2019. Según consta en el expediente, los damnificados habían coordinado previamente la operación con el encargado del lugar y llegaron al comercio con 535.000 pesos en efectivo para concretar la compra de un Volkswagen Vento.
La transacción se vio interrumpida con el ingreso de dos ladrones armados, quienes efectuaron disparos al techo, golpearon a dos de los clientes en la cabeza y huyeron con la totalidad del dinero y los teléfonos celulares de los presentes.
Tras el traumático suceso, los compradores iniciaron una demanda contra los dueños de la agencia. En su presentación, argumentaron que el comercio tenía la obligación de garantizar la seguridad de sus clientes y que el hecho debía ser juzgado bajo la Ley de Defensa del Consumidor.
El fallo judicial y el argumento de "fuerza mayor"
La resolución del conflicto quedó en manos del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 8 de Morón. De acuerdo a los pormenores del fallo dados a conocer en las últimas horas por Infobae, el juez ordenó analizar el caso bajo la normativa de defensa del consumidor, pero finalmente concluyó que el atraco constituyó un caso de fuerza mayor, eximiendo de toda culpa a la concesionaria.
En los fundamentos de su sentencia, el magistrado remarcó que la imprevisibilidad y la inevitabilidad son los elementos centrales para calificar un hecho bajo estas figuras legales. La violencia desplegada, el uso de armas de fuego y la intimidación extrema generaron una situación de riesgo inminente e irresistible tanto para los clientes como para los empleados del comercio.
La sentencia, que se apoya en precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sostiene que un robo a mano armada y en banda de estas características no podía ser previsto ni evitado por la agencia con los recursos de seguridad que razonablemente se le pueden exigir a un local de ese rubro.
Al no encontrar pruebas de que el establecimiento careciera de mecanismos lógicos para prevenir delitos, el tribunal resolvió rechazar la demanda y, aplicando el principio objetivo de la derrota, condenó a las víctimas del robo a hacerse cargo del pago de las costas del proceso judicial.
