Después del ataque del presidente, la familia de Ian Moche le inició juicio a Milei
Melina Alderete
La familia del niño activista con autismo decidió demandar al presidente argentino por el agravio en las redes sociales.

“Cuando un usuario de la red social X repostea un mensaje ofensivo (agraviante, discriminatorio o difamante) y además expresa su conformidad o adhesión al contenido, no actúa como mero intermediario o espectador, sino que se convierte en partícipe activo en la reproducción y ampliación del daño", sentenció la familia de Ian Moche, el niño de 12 años con autismo que se convirtió en un referente de la neurodivergencia, en la demanda que inició contra Javier Milei.
La acción judicial se da luego de que el presidente agraviara al menor en su cuenta de X, en donde compartió un tuit de un militante libertario que acusaba a Moche y su familia de ser "ultrakirchneristas" y de aliarse con el periodista, Paulino Rodrigues, a quien el niño le había concedido una entrevista para abordar la alarmante situación que está viviendo el área de discapacidad en todo el país.
Ante esto, Milei agregó que Rodrigues con la nota al activista estaba "operando en contra del gobierno nacional" y que siempre estaba "del lado de los kukas". El reposteo del presidente estaba acompañado de una serie de fotografías de Ian Moche: una con la ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner; otra con Sergio Massa; y otra tomada durante la entrevista con Paulino Rodrigues.
¿Qué dice la demanda contra el presidente libertario?
La demanda de Ian Moche y su familia está sustentada, entre otros elementos jurídicos, en la Convención sobre los derechos del niño y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Según detalló la familia, la acción judicial iniciada contra Javier Milei establece que la publicación, realizada el 1º de junio pasado, viola "de manera manifiesta el interés superior del niño", quien desde el año 2022 se encarga de llevar adelante “un activo trabajo de difusión y concientización social sobre el autismo”.
Asimismo, enfatiza la responsabilidad de la decisión del presidente de repostear el contenido ofensivo, una acción que está lejos de ser algo inocente: “El reposteo con adhesión constituye una forma de ratificación y redifusión voluntaria del mensaje ofensivo. No se trata simplemente de una acción técnica, sino de un acto comunicativo con intencionalidad propia, que contribuye a que el contenido ofensivo llegue a un público mayor, amplificando su daño y legitimándolo”, sentencia la demanda.
Por otra parte, el documento hace hincapié en la relevancia de la figura presidencial ante la difusión de los mensajes discriminatorios: "Al adherir públicamente mediante un reposteo ratificatorio a una publicación agraviante contra un niño con discapacidad, el señor Presidente de la Nación realizó una acción con clara carga simbólica, discursiva e institucional. Esta conducta excede cualquier manifestación personal o de opinión: constituye un acto estatal, revestido de la investidura pública, que violenta derechos fundamentales protegidos por la regla de reconocimiento constitucional y convencional argentina”, enfatiza.
